Política de Privacidad
POLÍTICAS DE TRATAMIENTO PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES CONJUNTO RESIDENCIAL ALMENDRO
NIT: 900.640.353-5
Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012, «Por el cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales» y de conformidad con lo señalado en el Decreto 1377 de 2013, con la firma de este documento manifiesto que he sido informado por el CONJUNTO RESIDENCIAL ALMENDRO de lo siguiente:
1. DERECHO A LA PROTECCION DE SUS DATOS PERSONALES (HABEAS DATA): El derecho al HABEAS DATA es aquel que nos dicta las pautas para poder establecer las respectivas políticas que le asistirán y garantizarán que se está haciendo un correcto uso de los datos personales suministrados voluntariamente al CONJUNTO RESIDENCIAL ALMENDRO . Asimismo, Cuando estas bases de datos o archivos vayan a ser suministrados a terceros se deberá, de manera previa, informar al Titular y solicitar su autorización. En este caso los responsables y encargados de las bases de datos y archivos quedarán sujetos a las disposiciones de la Ley 1581 del 2012. Esto le permitirá desarrollar de manera óptima y segura el derecho constitucional que tiene usted de conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recolectado para las bases de datos correspondientes a la copropiedad.
2. DATO PERSONAL: Por dato personal nos referimos a cualquier tipo de información con la que se puede identificar a una persona. Ejemplo: Nombre, dirección, número de teléfono, fotos, videograbaciones, grabaciones de voz, entre otros. Teniendo en cuenta lo anterior es necesario que usted tenga presente que esta información solo podrá ser usada para los fines establecidos en este documento y acorde a las políticas establecidas y dictadas por la SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO, por lo que una vez sea recolectada su información será éste el ente encargado de vigilar a la copropiedad para que se cumplan dichas políticas de protección de datos y sancionar al Responsable y/o Encargado de las bases de datos en caso que éstas no sean cumplidas.
3. RESPONSABLE DE BASE DATOS: El CONJUNTO RESIDENCIAL ALMENDRO en cabeza del señor administrador REPRESENTANTE LEGAL, actuará como responsable del Tratamiento de datos personales de los cuales soy titular y que, conjunta o separadamente podrá recolectar, usar y tratar mis datos personales conforme a los dispuesto a la Ley 1581 del 2012.
4. ENCARGADO DE BASES DE DATOS: La empresa de seguridad podrá manejar datos que tenga a su cargo, siempre y cuando estas bases de datos hayan sido suministradas por el ADMINISTRADOR y solo en los casos en los que se vea necesario el uso de datos de copropietarios y residentes con el fin de un correcto desempeño de las labores de seguridad. En ese orden de ideas, la empresa de seguridad podrá disponer de dichas bases, solo conforme a las Políticas de Protección de Datos establecidas en el conjunto y bajo la supervisión del Administrador. Asimismo, se informa que los datos suministrados directamente a la empresa de seguridad como es en el caso de las minutas, serán responsabilidad de la empresa de seguridad, asegurando que estos datos sean protegidos mediante las políticas de habeas Data adoptadas por ellos. En caso de falta se deberá informar al Administrador para tomar las medidas necesarias para resguardar y proteger el derecho del titular del dato.
5. USO DEL DATO: En concordancia a lo anterior, el Conjunto Residencial garantizará la confidencialidad, libertad, seguridad, veracidad, transparencia, acceso y circulación restringida de mis datos, por lo que la única persona que tendrá acceso a esta base de datos será del Representante Legal, en su calidad como administrador y responsable de dichas bases de datos, a excepción del personal de seguridad que podrá acceder a ellas según lo manifiesta el numeral
5.1. Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente a los Responsables del Tratamiento o Encargados del Tratamiento. Este derecho se podrá ejercer, entre otros frente a datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o aquellos cuyo Tratamiento esté expresamente prohibido o no haya sido autorizado.
5.2. Solicitar prueba de la autorización otorgada al Responsable del Tratamiento salvo cuando expresamente se exceptúe como requisito para el Tratamiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la presente ley
5.3. Ser informado por el Responsable del Tratamiento o el Encargado del Tratamiento, previa solicitud, respecto del uso que le ha dado a sus datos personales
5.4. Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones a lo dispuesto en la presente ley y las demás normas que la modifiquen, adicionen o complementen
5.5. Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato cuando en el Tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales. La revocatoria y/o supresión procederá cuando la Superintendencia de Industria y Comercio haya determinado que en el Tratamiento el Responsable o Encargado han incurrido en conductas contrarias a esta ley y a la Constitución
5.6. Acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de Tratamiento.
6. DURACION DEL DATO: Teniendo en cuenta que dichos datos serán tomados para beneficio del conjunto y las personas que en el residen, se deja constancia que una vez el titular de los datos deje de residir dentro del conjunto, sus datos serán DEPURADOS de nuestras bases dentro de los treinta (30) días calendario siguientes o en su defecto a solicitud del titular.
7. LOS DERECHOS QUE LE ASISTEN COMO TITULAR DE LOS DATOS PERSONALES: El Titular de los datos personales tendrá los siguientes derechos:
8. POLITICAS DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES SISTEMA DE VIGILANCIA AUDIOVIDEO: Considerando que tanto su voz como imagen en una grabación, son un medio de identificación, tenga en cuenta qué:
8.1. REVISIÓN EN TIEMPO REAL: Tendrán acceso al circuito cerrado de televisión el Administrador, el presidente del consejo y la empresa de seguridad. El Conjunto Almendro cuenta con dos sistemas cerrados de televisión, uno se encuentra en la oficina de administración, siendo es el administrador y el presidente del consejo las personas autorizadas para acceder a ella; el otro esta ubicado en portería donde es la empresa de seguridad la que tiene autorización para revisar cámaras en tiempo real con el fin de dar debido cumplimiento a su deber de vigilancia; por ningún motivo la empresa de seguridad podrá acceder sin autorización a las grabaciones de seguridad ni tampoco podrá suministrar copias de dichas grabaciones a residentes o propietarios.
8.2. GRABACIONES DE SEGURIDAD: Sólo tendrá acceso a las grabaciones de seguridad el Administrador. tenga en cuenta que en caso de que algún propietario o residente necesite acceder a una grabación de seguridad, deberá realizar solicitud por escrito donde se especifique: – Datos del solicitante. (Nombre, cédula, apto y torre) – Causa o motivo justificado por el cual necesita acceder a las grabaciones de seguridad. – Hora, fecha y lugar en el cual se presenta el imprevisto o se ve necesario la revisión de las cámaras. (Ej: Vehículo rayado, imprevisto ocurrido entre las 02:00pm y las 03:30pm del 12 de marzo del 2020, el cual se encontraba ubicado en subsótano – parqueadero N°15) IMPORTANTE: ESTA AUTORIZACIÓN PERMITE QUE USTED PUEDA HACER REVISIÓN DE CÁMARAS DE SEGURIDAD. POR NINGÚN MOTIVO SE HARÁ ENTREGA DE COPIAS DE DICHAS GRABACIONES DE SEGURIDAD A ALGÚN RESIDENTE O PROPIETARIO, CON EXCEPCIÓN DE UNA ORDEN JUDICIAL, CASO EN EL CUAL SE HARÁ BAJO SOLICITUD DEL ORGANO COMPETENTE Y BAJO TOTAL RESERVA.
8.3. GRABACIONES EN VÍA PÚBLICA: Con el fin de garantizar la seguridad de los bienes y las personas pertenecientes a la copropiedad, se deja constancia que existen cámaras ubicados en puntos de acceso del conjunto y puntos más próximos (rejas que divide zona privada de la públicas).
8.4. TRATAMIENTO DE GRABACIONES QUE INVOLUCREN MENORES DE EDAD: El conjunto residencial Almendro garantiza la seguridad y reserva de los datos personales de los menores. Por ende, sólo se podrán revisar grabaciones que involucren menores de edad en presencia y con previa autorización del acudiente o persona responsable del menor.
8.5. DURACION DE LAS GRABACIONES: Teniendo en cuenta la programación designada para el sistema de cerrado de televisión, se informa que las grabaciones solo se guardan por 20 días calendario, después de esos 20 días la videograbación se borrará automáticamente.
9. DATOS DE VISITANTES: La copropiedad no almacenará datos de visitantes. Se deja constancia que, ya que el medio de registro de visitantes es por medio de libro de minuta de la empresa de seguridad, dichos datos suministrados por visitantes se acoplarán a la política de datos establecida por la empresa de seguridad. El administrador podrá solicitar al responsable de la minuta datos de visitantes sólo si existe una justa causa y deberá expresar el motivo por el cual dispondrá de esos datos en el libro de minuta.
9.1 GRABACIONES DE VISITANTES: Ya que las grabaciones de seguridad son un medio necesario para salvaguardar los derechos que asisten a propietarios y residentes, es necesario informar que en el momento en que una persona externa al conjunto ingresa, estará siendo debidamente grabada y monitoreado por temas de seguridad, por lo cual también estarán acobijados por las políticas de Habeas Data establecidas por el conjunto.
10. ACTUALIZACION Y CORRECCION DE DATOS: Frente a los derechos que le asisten como titular del dato, se encuentra el derecho a corregir y actualizar sus datos con el fin de minimizar el margen de error. Tenga en cuenta que los datos suministrados por usted permiten que la propiedad pueda garantizarle otros derechos como lo es la seguridad, la protección, el derecho a estar informado de todo lo que pasa en el conjunto por el medio idóneo (correo electrónico), entre otros derechos que le asisten.
10.1. PROCEDIMIENDO ESTABLECIDO POR LA COPROPIEDAD PARA ACTUALIZACIÓN DE DATOS: El conjunto Almendro cuenta con sitio Web con el fin de facilitar este procedimiento: – Ingrese a la página -Ingrese al botón “actualización de datos”, de click ahí. – Le saldrán los espacios para rellenar sus datos, una vez realizado dar click en “Siguiente” – Se actualizará la página y encontrará un aviso de privacidad con las políticas de datos adoptadas por la copropiedad. – Una vez leídas y comprendidas estas políticas dar click en “acepto” para terminar completar el procedimiento. – Los datos suministrados en este procedimiento llegaran al correo electrónico del conjunto y posteriormente serán tomados en cuenta para el Registro Nacional de Base de Datos.
10.2. PROCEDIMIENTO PARA REVISAR Y CORREGIR DATOS: Teniendo en cuenta que la única persona autorizada para acceder a las bases de la copropiedad y con el fin de asegurar que no intervengan terceros en los procesos de actualización, se informa que este procedimiento será de la siguiente manera:
– Se deberá enviar solicitud de revisión y actualización de datos al correo:
especificando su torre y apto.
– Se le hará contestación indicando fecha y hora en la que podrá acudir a la oficina de administración para realizar dicho procedimiento
– Usted estará presente en la actualización de datos con el fin de que usted pueda verificar que sean correctos y asimismo verificar que se esté cumpliendo el procedimiento establecido.
EXPEDIDO POR: ADMINISTRACION CONJUNTO RESIDENCIAL ALMENDRO
Representante Legal
ADMINISTRADOR RESPONSABLE DE BASES DE DATOS
IMPORTANTE TENER EN CUENTA QUE:
• La información suministrada a las bases de datos debe ser cierta, completa, actualizada y comprobable.
• Quienes manejan datos personales lo pueden hacer únicamente para el fin dispuesto por el cual fue solicitada dicha información.
• La información personal que es recogida por la copropiedad no podrá ser suministrada a terceros sin previa autorización del Titular, salvo las disposiciones que dicta ley.
• La información personal recogida deberá estar protegida por medidas técnicas que garanticen su confidencialidad y asimismo se evitar alteraciones, perdidas o consultas no autorizadas.
• La encargada de vigilar y sancionar el uso indebido de la información personal es la Secretaria de Industria y Comercio, por lo que, una vez realizada la debida recolección de información, la copropiedad y sus respectivas bases de datos serán vinculadas a esta entidad.
• Todas las personas naturales o jurídicas que administren datos personales están obligadas a garantizar la confidencialidad de dichos datos y a cumplir con las demás disposiciones reglamentadas en la Ley 1581 del 2012.